Nuevamente el Instituto Nacional Electoral (INE) dictó medidas cautelares contra el Presidente Andrés Manuel López Obrador, ordenándole retirar información gubernamental de sus medios oficiales.
A partir de una queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió que el Presidente López Obrador viola el artículo 134 Constitucional y las normas de la Revocación de Mandato.
La Comisión declaró procedente las medidas cautelares solicitadas en contra del Presidente de la República por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
El órgano electoral estimó que la información publicada los días 7, 14, 15 y 17 marzo de 2022 en el perfil de Facebook del Gobierno de México, difunde síntesis de las conferencias matutinas en las que se advierten logros y/o acciones de gobierno.
La información presentada en esas fechas, se relaciona con el sistema de seguridad, de obra pública, estímulos fiscales e inversiones públicas.
Eso, a decir de la Comisión, se encuadra dentro de la categoría de propaganda gubernamental, lo que, en apariencia del buen derecho, se encuentra prohibido durante el proceso de Revocación de Mandato.
El órgano colegiado del INE dictó la procedencia de la tutela preventiva, para ordenar al Presidente de la República que se abstenga:
“bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados a logros y actividades de gobierno, que puedan considerarse propaganda gubernamental”.
Por lo que toca al mal llamado “decretazo”, aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 17 de marzo de 2022, el cual elimina la prohibición de difundir obra de gobierno en tiempo de veda electoral, el INE aclaró que no es aplicable al proceso en curso.
Lo anterior, en concordancia con lo dictado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sentencia SER-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron.
____
M21